Promocion 2010 - 2011 Servicios al Consumidor Ausias March

Espero que en este blog podamos estar tod@s al tanto de los avances de la clase y nos podamos ayudar mutuamente, para que tod@s podamos ver cumplidos nuestros objetivos de aprobar el curso academico.



Besos.

miércoles, 15 de diciembre de 2010

Tema 5: Mediacion y Arbitraje (INMA)

TEMA 5: MEDIACION Y ARBITRAJE.


1- CONCEPTO DE MEDICION

La medición es un procedimiento cuyos resultados son consignados en un acuerdo, formalizado por escrito y firmado por las partes.

1.3 EL MEDIADOR.

El mediador tiene como función principal procurar el acercamiento de las partes en conflicto.
Es imprescindible que las partes confíen en el mediador; a este se le exige cuatro características básicas:
1- En el orden personal; competencia y credibilidad
2- En el ejercicio de su función mediadora; imparciabilidad y confidencialidad.

1.4 TRAMITACION

La mediación viene precedida en una reclamación presentada por el consumidor en la que expone los hechos y su pretensión.
Las formas de llevar a cabo la mediación en el campo del consumo son las siguientes:
1- Mediante escritos dirigidos a ambas partes en los que se ofrece la posibilidad de llegar a un acuerdo y se exponen las posturas de las partes.
2- A través de conservaciones telefónicas en las que se perfilan los acuerdos
3- En reuniones bilaterales con presencia de ambas partes y un mediador
4- En visitas del mediador a los establecimientos reclamados.

La mediación se realiza en diferentes entidades e instituciones:
1- Asociaciones de consumidores
2- OMIC
3- Servicios de reclamaciones de consumo de los departamentos correspondientes de las comunidades autónomas.
4- Junta arbitral de consumo

En el supuesto de dar resultados positivos, la mediación concluye generalmente con una transacción entre las partes, la cual tiene carácter contractual; en el caso de que la mediación resulte infructuosa, las partes pueden acudir bien a la vía arbitral bien a la vía judicial.
Se formalizara un acta de mediación donde constara los datos de las partes, así como los daros del mediador un resumen del conflicto y la postura que frente al mismo mantienen las partes, refleja las ofertas de solución que las partes expongan durante la mediación y el resultado de la misma; SI ES POSITIVO, concretando los términos del acuerdo de la forma mas detallada posible y el plazo de cumplimento; SI ES NEGATIVA recogiendo en su caso la adhesión al arbitraje de las partes para resolver el conflicto pendiente. El acta deberá ser firmada por las partes y el mediador.

2.1-EL ARBITRAJE DE CONSUMO ( INTRODUCCION)

Un sistema arbitral para la resolución y reclamaciones de los consumidores y usuarios.
Ya que en muchas ocasiones la comparación del valor del litigio con el coste que se derivaría de la reclamación judicial, retrae a aquel y le situa en una posición de inferioridad.



2.2 – CARACTERISTICAS DEL SISTEMA ARBITRAL.

Asi el sistema arbitral de consumo es:
- Voluntario
- Vinculante y ejecutivo

Es pues,un sistema eficaz:
- Rapido
- Gratuito
- Sin formalidades especiales

2.3- ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA ARBITRAL

Si lo que se pretendía era acerdar al consumidor y al empresario un sistema de resolución.
Un arbitraje institucional o administrado necesita de dos tipos de órganos intervinientes:
1- Las juntas arbitrajes de consumo
2- Los colegios arbitrales

2.3.1 LAS JUNTAS ARBITRALES DE CONSUMO

Las juntas arbitrales de consumo existentes no están jerarquizadas y su competencia viene determinada por su ámbito territorial.
Las juntas arbitrales están compuestas por un presidente y un secretario
Funciones:
a/ El fomento y formalización de convenios
b/ Mediar para conseguir un acuerdo
c/ Confeccionar el censo de todas las empresas adheridas.

2.3.2COLEGIO ARBITRAL: debe estar compuesto por varias personas , pero la resolución la firma una persona en parte de todos.

Pueden ser árbitros las personas que se hallen en pleno ejercicio de sus derechos civiles. En todo caso el presidente deberá ser licenciado en derecho. Además , si las partes han optado por que el Arbitraje sea derecho, los árbitros vocales de los consumidores y empresarios serán abogados en ejercicio.
Las obligaciones de los árbitros pueden resumirse en dos fundamentales:
1- Llevar adelante la tramitación del proceso arbitral
2- Dictar el laudo dentro del plazo de 4 meses.

2.4 PRINCIPIO QUE INSPIRAN EL PROCEDIMIENTO ARBITRAL.

- Principio de audiencia
- Principio de contradicción
- Principio de gratuidad

2.5.1 CONVENIO ARBITRAL (CONTENIDO)

a/ la voluntad inequívoca de las partes de someter el conflicto- surgido o que pueda surgir a la decisión de la junta arbitral.
b/ debe recoger la obligación de cumplir la decisión de los árbitros



2.5.2 EFECTOS

El convenio arbitral obliga a las partes a estar y pasar por lo estipulado.

2.5.3 LA OFERTA PUBLICA DE SOMETIMIENTO (OPS)

La oferta publica de sometimiento (OPS) es el documento suscrito por el empresario o profesional mediante el cual se produce la adhesión al sistema arbitral de consumo (SAC).

2.5.4 FORMALIZACIÓN.

La forma de real decreto establece que el convenio arbitral se formalizara por escrito.

2.5.5 LA RENUNCIA Y EL DESISTIMIENTO.
La ley de arbitraje establece que las partes podrán renunciar por convenio al arbitraje pactado, quedando expedita la vía judicial.

2.5.7 LEGITIMACIONES

La legitimación activa (derechos) la ostenta únicamente los consumidores finales.
El legitimado pasivo (obligaciones) únicamente puede encontrarse un empresario o un profesional.

- objeto de acuerdo con este principio podría decirse que seria objeto del convenio arbitral todas aquellas cuestiones que fueron disponibles para las partes.
- La reconvención: esta “ contra reclamación” el empresario solo se podrá plantear cuando tenga relación directa con la petición de arbitraje formulada por el consumidor, es decir deben de tratarse de cuestiones conexas provenientes de un mismo negocio jurídico.

2.6 LA AUDIENCIA

Tanto el consumidor como la empresa suelen aportar en sus escritos las prestaciones y consideraciones que convienen a su derecho e interés.
Pueden y de hecho lo hacen, profundizar, matizar, explicar con detalle las alegaciones que ya habían hecho llegar a la Junta Arbitral.
2.7 EL LAUDO

Decide la controversia o cuestión litigiosa sometida a los árbitros por los interesados.

1ª Sujeto
- presidente
- representante de consumidores
- representante de empresarios

2ª Objeto

Basarse sobre lo pedido tanto por los consumidores/usuarios.

3ª plazo

Plazo máximo de 4 meses.


4ª Forma

El laudo deberá dictarse por escrito y expresar al menos:
a/ Lugar y fecha en que se dicta
b/ Nombre y apellidos de los árbitros y de las partes, o en su caso razón social.
c/ La cuestión sometida a arbitraje
d/ Relación de las alegaciones de las partes
e/ Las pruebas practicadas si las hubiera
f/ La decisión sobre cada uno de los puntos controvertidos- el laudo debe dar solución
i/ La firma de los árbitros

2.8 IMPUGNACION DEL LAUDO

¿ QUE ES IMPUGNAR?

Combatir, reputar

¿QUE ES RECURSO?
Pedir, demanda

2.8.2 EL RECURSO DE ANULACION

Los motivos de anulación son los siguientes:
- Falta de capacidad de obrar de alguna de las partes ( ejemplo una persona que esta incapacitada)
- Falta de competencia objetiva de los árbitros( ejemplo el profesor me tiene mania)

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