INSPECCION DE CONSUMO
¿Qué es?
Es la acción de examinar un bien o servicio (ambas cosas es igual a producto) para determinar si cumplen los requisitos que exige la ley vigente (primero se examina y luego se dictamina).
¿A qué y a quienes afecta?
¿Qué? Producto = bienes y servicios.
¿Quién? Los agentes = empresas, consumidor-usuario [consumidor de un bien – usuario de un servicio], administración. (En definitiva al mercado que es donde están todos los agentes).
• MERCADO: (podría tener estos dos significados)
• Lugar donde se encuentran demandantes y oferentes de un determinado producto.
• Mecanismo mediante el cual se ponen en contacto los demandantes y los oferentes.
El mercado está regulado por el estado.
La empresa es una unidad económica de producción.
La familia es la unidad económica de consumo
LA LEGISLACIÓN VIGENTE ES LA QUE REGULA A LA EMPRESA Y LOS DEMANDANTES.
¿Cuál es su objetivo final?
Su objetivo principal es el control del mercado en defensa del consumidor-usuario.
El consumidor está en desventaja cuando la competencia es imperfecta.
• Competencia imperfecta = monopolio (1 empresa) u oligopolio (pocas empresas)
• Competencia perfecta = tantos oferentes como demandantes.
¿Quiénes intervienen?
Intervienen:
La Administración (a través del inspector de consumo)
Productores/Fabricantes
Consumidores-Usuarios.
¿En que se basa?
Se basa en comprobar que el inspeccionado cumpla con la Legislación vigente y El control periódico de los productos (identificación, calidad, seguridad, …)
Las empresas tienen controles de calidad.
Nosotros verificaríamos una vez el producto este en el mercado y haya tenido alguna denuncia, entonces se comprobara que cumpla con la legislación vigente.
Hay organizaciones independientes que realizan sus propios estudios de un producto.
¿Qué consecuencias puede tener?
Puede producir sanciones fruto de infracciones tipificadas como: sanitarias, de fraude, precios, normalización, documentación, seguridad,…
No todas las infracciones son sancionadas. (ya que no son detectadas, denunciadas, etc.)
¿Cómo se lleva a cabo?
Se lleva a cabo en base a procedimientos basados en la regulación estatal/autonómica que establece la Normativa aplicable.
Esta normalizado como va ha ser una inspección (esta representa a la administración pública).
TEMA 1. LA INSPECCION DE CONSUMO Y SU FINALIDAD.
Se define como …
La acción de examinar/reconocer un producto, para determinar si se cumplen las exigencias, requisitos y parámetros establecidos en la legislación vigente.
Se lleva a cabo …
Comprobando que la “persona” inspeccionada, según su actividad productiva, cumpla la legislación.
Controlando periódicamente la correcta identificación, etiquetado, calidad [la calidad depende de la necesidad de los clientes, lo que no puede hacer es mentir con respecto a la misma] y seguridad de su producción.
El cometido de la inspección de consumo es como “chivato” de fallos que hay en el mercado.
Su éxito depende de …
La eficacia del organismo administrativo pertinente y de la motivación del personal de Inspección de consumo.
Un inspector de consumo es un fedatario público, es decir que da fe de su trabajo.
La eficacia del servicio es la gente motivada para hacer su trabajo bien hecho, detectando las ineficacias o fallos que hay en el mercado.
• Eficacia: utilizar los medios para conseguir los objetivos.
• Eficiencia: de todos los medios que tiene utilizar los más convenientes.
HAY UNA RELACIÓN ESTRECHA ENTRE LA CALIDAD DE LA INSPECCIÓN (TANTO ADMINISTRATIVA COMO TÉCNICA) Y LA MOTIVACIÓN.
La inspección de trabajo debe conocer:
Los principios constitucionales. (lo establecido en la constitución española).
Ley de régimen jurídico y procedimiento administrativo común.
Obligación de los interesados.
Derechos y deberes de la inspección.
Responsabilidad penar de la inspección. (la inspección puede recurrir en responsabilidad penal. [delito por parte del inspector], por ejemplo que un inspector diga que ha hecho una inspección que no ha realizado).
Los principios constitucionales Constitución Española diciembre de 1978
Título Preliminar
Artículo 9.
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico
a. ¿Quién está sujeto a la Constitución y al resto de ordenamientos públicos?
b. ¿A que están sujetos los ciudadanos y poderes públicos?
1.3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
TITULO 1º DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES CAPITULOII SECCIÓN PRIMERA
DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PUBLICAS1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Artículo 18.
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
¿Se puede violar el domicilio en alguna ocasión o circunstancia?
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
¿Para que regula el uso de la informática?
¿Cuál es el objetivo al limitar el uso de la informática?
Articulo 25.1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
¿Podrá ser condenado si no está tipificado?
¿Es necesario que el posible delito este tipificado para que sea sancionado?
.3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad
DEL GOBIERNO Y DE LA ADMINISTRACIÓN IV
Artículo 103.
1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.
a. ¿Cómo debe actuar la administración pública?
Real Decreto Legislativo 1/2007 d 16 de Noviembre aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Derechos y deberes de la inspección RD 1945/1983 ART.13
DELITOS QUE PUEDE COMETER LA INSPECCIÓN DE CONSUMO.
Contra el ejercicio de los derechos individuales reconocidos en la Constitución.
Entrada ilegal.
Registro ilegal (sin consentimiento).
Violación de la correspondencia.
Contra la fe pública.
Al cometer falsedad al contrahacer letra, firma o rúbrica. Suponer la intervención en un acto de personas que no la han tenido, o atribuir a estar personas declaraciones o manifestaciones que no han hecho. Faltar a la verdad, alterando fechas. Simular realizar acta, sin realizar la Inspección.
El inspector de consumo tiene que actuar dentro de la ley vigente. El es fedatario público (da fe, todo lo que dice es verdad), de modo que si hubiera alguna ilegalidad, actuaria contra los mismos consumidores.
Los cometidos en el ejercicio del cargo.
La infidelidad en la custodia de documentos por: sustracción, destrucción u ocultación de documentos.
Violación de secretos oficiales.
Desobediencia.
Cohecho. (Beneficio propio en cargo público).
FACTORES QUE DETERMINAN LA CALIDAD TECNICA DE LA INSPECCION DE CONSUMO.
Para que una inspección de consumo actúe con calidad. Tiene que ser eficaz y eficiente.
Gestión de calidad.
Trabajo en equipo.
Técnicas de archivo.
Tratamiento de documentos.
Medios informáticos y su aplicación.
APTITUDES DE LA INSPECCIÓN.
Aptitudes que tienen que cumplir los inspectores de consumo.
Se clasifican como…
Aptitudes psicomotrices: relacionadas con aptitudes físicas.
Aptitudes intelectuales: conocimientos, titulaciones, capacidad de memoria …
Aptitudes psicológicas: veracidad, objetividad, seguridad …
Aptitudes éticas: honradez, responsabilidad, ausencia de prepotencia …
No hay comentarios:
Publicar un comentario